Ir al contenido principal

Nacionalización del cobre.

¿Es el cobre de Chile?

Enlace al diario el Ovalle Hoy.

A fines del año 1970, el Presidente Salvador Allende G anunció la llamada nacionalización de las empresas mixtas que operaban en Chile, para ello debió: "modificar la Constitución en su  artículo 10" , referente al Derecho de Propiedad, y se agrega una disposición transitoria que establece que "por exigirlo el interés nacional" y en ejercicio del derecho soberano e inalienable del Estado de disponer libremente de sus riquezas y recursos naturales, se nacionaliza y declaran por tanto incorporadas al pleno y exclusivo dominio de la Nación, las empresas extranjeras, que constituyen la gran minería del cobre. 


Pasaron a dominio nacional todos los bienes de las empresas extranjeras productoras de cobre en Chile, tomando el Estado posesión material inmediata de sus instalaciones y se nacionalizaron los yacimientos dependientes de Anaconda Copper Companny (El Salvador, Chuquicamata y Exótica), de Kennecott Corporation (El Teniente) y de Cerro Corporation (Andina).El capital de las compañías extranjeras pasó al dominio de la Corporación del Cobre -Codelco y  la inscripción de los yacimientos a nombre del Estado, lo era sin perjuicios de las inscripciones posteriores que correspondía efectuar a nombre de las Sociedades Colectivas del Estado.


Hay que entender que los políticos actuales  tienen sus intereses económicos por sobre la voluntad del pueblo , por ello hemos  vivido  un proceso de desnacionalización, con el decreto de concesiones plenas  se entregó la soberanía de sus pertenencias mineras.
Privatización del cobre.

Así las transnacionales se llevan 34 mil millones de dólares, solamente lo que se proyecta para el año 2011, lo que significa el 79% del presupuesto de la nación, claro sin duda como dicen los estudiantes con esas utilidades del cobre se podría generar bienestar social en  educación, salud, vivienda ( servicios mercantilizados)  y a través de una explotación basada en desarrollo sustentable. 
Somos testigo como se ha quitado al  Estado de Chile la propiedad de una cuantiosa riqueza, simplemente por “amor” a los negocios privados y por odio al Estado mismo el que jamás  poseería el poder como para amenazar sus negocios e intereses y, para eso, se le debería despojar de todo bien económico y de toda decisión soberana, logro que ya han conseguido. 
Debemos impulsar como ciudadanos los siguientes proyectos.

Preguntas reflexivas. 

  1.  ¿Un Estado débil lo usurpan los inversionistas?
  2. ¿Por qué la Concertación y la Derecha llegan acuerdos tan fáciles para privatizar?
  3. ¿La lucha social representa uno de sus mayores logros, la nacionalización del cobre y se está quedando sin ese símbolo?
  4. ¿Será posible recuperar la nacionalización del cobre?
  5. ¿Por qué Codelco se arrastra frente una transnacional por un recurso que le es propio?
  6. ¿Es posible nacionalizar el agua y recuperar los servicios de energía y sanitarias?

Comentarios

Entradas populares de este blog

Estatuto Docente. Pago Vacaciones de verano y perfeccionamiento.

ESTATUTO DOCENTE, PAGO ENERO Y FEBRERO. Que al finalizar cada año el 31 de diciembre el personal que trabaja en los diferentes establecimientos educacionales llega cansado, agobiado y muchas veces con problemas de salud mental, entre estas afectaciones esta la ansiedad, el estrés, la depresión.           Los trabajadores saben que el ritmo de vida, las exigencias laborales están cada vez más exigentes, más burocratizadas y lastimosamente el empleador parece ser el único que desconoce todas estas situaciones.                                                Que la salud mental de los trabajadores es una situación compleja y que llegan a penas a fin de año, luego la noticia que deben trabajar las primeras tres semanas de enero, es demoledor a la motivación, se afecta también al compromiso del trabajo en equipo y a la colaboración.                    Documento: Mineduc reconoce el feriado legal de los docentes. (Enero 2021)  Que en el caso que el calendario regional publicado por el

PERMISOS ADMINISTRATIVOS.

PERMISOS ADMINISTRATIVOS. Al respecto, es del caso hacer presente que el citado precepto distingue, por una parte, la prerrogativa del funcionario en orden a decidir si requiere o no dicho beneficio y, por otra, la potestad del director del recinto educacional de resolver si lo confiere o rechaza, constituyendo el ejercicio de una atribución privativa y discrecional para la autoridad habilitada por ley, la que debe ejercerse, por cierto, con el debido respeto al principio de racionalidad, negándose cuando efectivamente existan razones para ello, pues la facultad está concebida por el legislador en función de las necesidades del servicio correspondiente, esto es, la oportunidad y continuidad a la que está obligado (aplica criterio contenido en los dictámenes N°s. 42.127, de 2009, y 21.813, de 2013)  CITACIÓN DE NORMATIVA VIGENTE. Dictamen de Contraloría Nº 45.734 del 11 de noviembre del año 2010, enlace al dictamen: http://www.contraloria.cl/ mesaprueba/842577F8004BAD41/

Improcedencia que el Alcalde instruya el sumario administrativo a docente y designación del fiscal.

Improcedencia que el Alcalde instruya el sumario administrativo  a docente y designación del fiscal.  SUMARIOS ADMINISTRATIVOS. (david897.blogspot.com) De acuerdo al artículo 19 del Código Civil, cuando el sentido de la ley es claro, no se desatenderá su tenor literal, a pretexto de consultar su espíritu, se debe respetar texto expreso en la ley de acuerdo al principio de la primacía de la ley especial sobre la general, que se encuentra recogido en los artículos 4° y 13 del Código Civil, y aceptado en nuestro Derecho Laboral, conforme al cual aquella ley que regula situaciones particulares prevalece sobre una de carácter general, toda vez que la primera supone un estudio expreso en cuanto a la materia que viene a regir. (Forma de notificación, derecho a declarar, derecho a pedir apertura de prueba, derecho recusación de la fiscal) Corte de Copiapó deja sin efecto suspensión del cargo de la directora del Liceo de Caldera. Fecha 12-07-2018 https://www.maray.cl/2018/07/12/corte-