Ir al contenido principal

Entradas

Mostrando entradas de abril, 2017

EL DOCENTE DEBE CONOCER LA QUEJA EN SU CONTRA.

EL DOCENTE DEBE CONOCER LA QUEJA EN SU CONTRA Y RESPONDER ANTES QUE SE INSTRUYA SUMARIO. chile - Tribunal Constitucional https://www.tribunalconstitucional.cl  › descargar_ ... PDF Recurso de protección, Corte de Apelaciones de Temuco, bajo el Rol Nº. 5932-2018. El precepto  impugnado dispone es el artículo 137 de la Ley 18.834. Se pone fin a una larga impunidad. El fraude a la Ley. tanto  la Contraloría y los servicios han venido abusando y se sujetan en el secreto del sumario para no entregar copia. Niegan este derecho al posicionarse en los  artículos  Art.135  de la Ley N° 18.883 y   Art 137 de la Ley 18.834.los que  indican que el sumario es secreto hasta la formulación de cargos, lo que es Inconstitucional. Además se produce prevaricación y Comisión Especial de Juzgamiento no aplicar  el Art.17 de la ley 19.070 que las quejas o denuncias deben ser conocidas por el afectado y el nombramiento del fiscal debe estar en coherencia con el orden jurídico. (  La   irrenunciab

UNIDAD JURIDICA DE CONTROL MUNICIPAL.

UNIDAD JURÍDICA DE CONTROL MUNICIPAL/ SUMARIO ADMINISTRATIVO. ¿Cuál es la función de la Unidad de Control Municipal y la responsabilidad de sus funcionarios?         La Unidad de Control debe instar por la correcta ejecución de los actos administrativos del Alcalde y no formar parte de los abusos cometidos en un trato arbitrario y discriminatorio en contra de algún funcionario. Los servidores de la unidad de control, en su calidad de funcionarios municipales, se encuentran sujetos a responsabilidad administrativa, en conformidad a lo dispuesto en los artículos 118 de la ley N° 18.883, Estatuto Administrativo para Funcionarios Municipales, y 61 de la aludida ley N° 18.575. Por consiguiente, las infracciones que cometa la unidad de control en el ejercicio de la función que le asigna el citado artículo 29, en su letra c),  darán lugar a las responsabilidades que, en derecho, procedan y debe ajustarse al ordenamiento jurídico. Ello obliga a la Administración Pública a comportarse

SUSPEDER FUNCIONES A DIRIGENTE SINDICAL SIN AUTORIZACIÓN DEL JUEZ.

  SUSPENDER FUNCIONES A DIRIGENTE SINDICAL SIN AUTORIZACIÓN DEL JUEZ. Hoy 20 de mayo de 2020 se publicó la ley 21.231 que establece el fuero gremial docente. //.-   https://www.leychile.cl/Navegar?idNorma=1145480  El fuero  comienza a regir efectivamente en todo el territorio nacional. http://www.colegiodeprofesores.cl/2020/05/20/publican-en-el-diario-oficial-la-ley-de-fuero-gremial-para-dirigentes-del-magisterio-comenzo-a-regir-en-todo-el-pais/?fbclid=IwAR1jekVmUWYJJ6kUmEpdZdkZ0-KLR9OjyiQqWeZEf1x7zd_tZGIzBuEwOsQ La suspensión del empleo está permitida:   Es necesario precisar que el fundamento del fuero y para que este resulte eficaz, debe lograr la protección del dirigente,s i bien el fiscal en sumario puede suspender al afectado de sus funciones al momento de sancionarlo debe pedir el desafuero al Juzgado de Letras del Trabajo.  En cada resolución se debe informar los pasos que puede seguir el afectado:   Artículo 41 Ley Nº 19.880. Contenido de la resolución fina