Ir al contenido principal

Prevenir y educar es mejor que vigilar y castigar.


Prevenir es mejor que vigilar y castigar. (Enlace con el diario "Ovalle hoy.cl)


Prevenir y educar es mejor  que vigilar y castigar, así lo demuestra  esta tragedia humana  en la que han fallecido 81 personas  en la cárcel, percibo a lo menos los siguientes  elementos de análisis.
1.- La delincuencia, es un problema social que se genera abundantemente cuando se dan una serie de condiciones y esto no mejora con reclusión, la que alcanza un crecimiento de un 7% anual. Prevenir es mejor  que vigilar y castigar, no se puede entender seguridad con represión, como sinónimos, ya que la delincuencia se ha mantenido más o menos estable la última década, mientras los presos van en aumento.
2.- La justicia, la que se supone actúa en base a la razón, pero esto no necesariamente es así a juzgar por los hechos, más bien la razón se ocupa particularmente  de instrumentalizar y dominar la naturaleza del hombre en una sociedad disciplinaria y represiva que termina con muchos desafortunados en las cárceles, especialmente si no tienen recursos para defenderse. 
La reclusión, la represión se ha perfeccionado con  la nueva justicia y se  le ha utilizado eficientemente para lograr el dominio económico y político en periodo de campaña,  en donde la revolución comunicacional impone la frase del día "Mano dura contra los delincuentes". 
En vez de elaborar una política penitenciaria, en donde estén presente programas educativos,  espacios para rehabilitación, programas de capacitación y empleo, acondicionamiento de las cárceles con espacios suficientes con módulos específicos según delito,  aplicar la  tecnología en seguridad  etc. Ahora con la tragedia ocurrida con las 81 personas muertas calcinadas,  sale a la luz la  verdadera locura y la pérdida de razón, de no ocurrir esta muerte anunciada, hasta donde pretendian amontonar a las personas con el fin de sacarlas de la calle y esconderlas, olvidándose que existen y los guardias vigilan cosas, controlan cosas, por lo tanto la misma cantidad de Gendarmes explica la poca importancia del recluso, éste solo debe someterse y estar excluido de su condición humana, ya no existirán más las relaciones simétricas motivo por el cual los presos están solicitando vía motines, huelgas de hambre alguna consideración. Ahora si su propósito era producir la máxima crisis carcelaria para justificar el negocio de las cárceles concesionadas lo han logrado. 
3.- La puerta giratoria nos indica que debe abrirse y cerrarse, si no cumple con este principio básico, sería una muralla o cualquier otra cosa, menos puerta, ahora bien si solo permite pasar, sería  ingresar a un viaje con pasajes al más allá, como ha ocurrido en la cárcel de San Miguel y ha  provocado una indignación nacional y más de alguno se habrá dado cuenta que le habían moldeado su conciencia  y compartía la mano dura, más allá  del debido proceso y de las condiciones que posteriormente viviría  el   recluso, ya que también lo visualizaba como una cosa que debía eliminarse.

4.- Las cárceles, recintos  cerrados y por tanto con limitaciones de espacio, si no se tiene claro esto se continuarán amontonando personas sin considerar las condiciones en las cuales quedan (hacinamiento  del orden de un 70%,  problemas de alimentación, salud, educación, seguridad, estrés), con estas condiciones no hay posibilidades de reinserción y rehabilitación.
5.- Los custodios. Los Gendarmes su dotación y condiciones laborales explican por si mismo la tendencia, que es abaratar costos, una reingeniería permitirá, tanto a los internos como a los  funcionarios tengan mejores condiciones, de no cambiar la realidad actual,  las catástrofes continuaran siendo  potenciales y predecibles. 
6.- Hacer más cárceles, sin considerar los puntos anteriores, es ponerse las anteojeras para salir a dar un paseo  o a los más pronunciar discursos.   Cuando se concentra el poder  solo en llevar prisioneros,  se abandona el sentido de justicia y los tribunales tienen establecido un prejuicio abreviado para calificar determinados casos, especialmente cuando las personas no tienen medios económicos para defenderse.
            Una tragedia humana es una acumulación de errores y horrores que sistemáticamente se cargan con detonantes hasta cuando explotan, dejando como saldo personas calcinadas y provocando un extremo sufrimiento, dolor que pudo evitarse, los hechos se habían denunciado , motivo por el cual  el Estado debe reparar el daño, aunque reparar es algo simbólico de algo que jamás se podrá reparar.              Una cosa es  que las personas deban pagar las faltas y los delitos  y otra distinta es como se  hace para  que aquello ocurra, la forma del cómo es que ha carecido de una verdadera preocupación y en realidad de todo, ya que una acción es anexa a otra y para que exista un cambio en la sociedad debe cambiar la forma como se operativiza el poder, en este caso represivo y sin dar garantías de nada a los que por diversas motivos van a prisión a las cárceles, como la de San Miguel.

Comentarios

Entradas populares de este blog

Estatuto Docente. Pago Vacaciones de verano y perfeccionamiento.

ESTATUTO DOCENTE, PAGO ENERO Y FEBRERO. Que al finalizar cada año el 31 de diciembre el personal que trabaja en los diferentes establecimientos educacionales llega cansado, agobiado y muchas veces con problemas de salud mental, entre estas afectaciones esta la ansiedad, el estrés, la depresión.           Los trabajadores saben que el ritmo de vida, las exigencias laborales están cada vez más exigentes, más burocratizadas y lastimosamente el empleador parece ser el único que desconoce todas estas situaciones.                                                Que la salud mental de los trabajadores es una situación compleja y que llegan a penas a fin de año, luego la noticia que deben trabajar las primeras tres semanas de enero, es demoledor a la motivación, se afecta también al compromiso del trabajo en equipo y a la colaboración.                    Documento: Mineduc reconoce el feriado legal de los docentes. (Enero 2021)  Que en el caso que el calendario regional publicado por el

PERMISOS ADMINISTRATIVOS.

PERMISOS ADMINISTRATIVOS. Al respecto, es del caso hacer presente que el citado precepto distingue, por una parte, la prerrogativa del funcionario en orden a decidir si requiere o no dicho beneficio y, por otra, la potestad del director del recinto educacional de resolver si lo confiere o rechaza, constituyendo el ejercicio de una atribución privativa y discrecional para la autoridad habilitada por ley, la que debe ejercerse, por cierto, con el debido respeto al principio de racionalidad, negándose cuando efectivamente existan razones para ello, pues la facultad está concebida por el legislador en función de las necesidades del servicio correspondiente, esto es, la oportunidad y continuidad a la que está obligado (aplica criterio contenido en los dictámenes N°s. 42.127, de 2009, y 21.813, de 2013)  CITACIÓN DE NORMATIVA VIGENTE. Dictamen de Contraloría Nº 45.734 del 11 de noviembre del año 2010, enlace al dictamen: http://www.contraloria.cl/ mesaprueba/842577F8004BAD41/

DOCENTES CONTRATADOS POR SEP PARA LABORES DE AULA ESTÁN ADSCRITOS AL ESTATUTO DOCENTE

DOCENTES DE AULA CONTRATADOS POR SEP PUEDEN FIRMAR LOS LIBROS DE CLASE.  DICTÁMENES  DE CONTRALORÍA Sirva a encontrar Dictamen N° 35119 de fecha 20 de mayo del 2014. Enlace: Municipalidad de el Bosque se encuentra obligada a regularizar la situación funcionaria de los recurrentes, en atención a que el vínculo laboral debería haberse regido por los preceptos de la ley N° 19.070  https://www.contraloria.cl/web/cgr/buscar-jurisprudencia    El orden estatutario o legal, conforme lo expresa el inciso primero del artículo 38 de la Constitución Política de la República y fluye de lo prescrito por el artículo 12 de la Ley Orgánica Constitucional Nº 18.575 que establece las Bases Generales de la Administración del Estado, texto este último que preceptúa que "el personal de esa administración debe regirse por las normas estatutarias que establezca la ley , en las cuales se regulará su ingreso, los deberes y derechos, la responsabilidad administ