Ir al contenido principal

PLEBISCITO POR LA EDUCACIÓN EN OVALLE.


También en Ovalle se realiza el “Plebiscito Nacional por la Educación”. Enlace al diario el Ovalle hoy.


EL PLEBISCITO POR LA EDUCACIÓN EN OVALLE.
      El viernes siete y sábado ocho de octubre del año 2011 un grupo de voluntarios  que están en la base social e insertados activamente en la vida práctica de la sociedad, me refiero a los  estudiantes, profesores,  trabajadores  de la CUT, integrantes de los adultos mayores, se ubicaron en diferentes partes de la ciudad para que las personas concurrieran en forma voluntaria a entregar su opinión.  
En esta consulta ciudadana votaron las personas mayores de 14 años, los voluntarios encargos del proceso democrático les toman sus datos personales, posteriormente la persona responde a las consultas formuladas en el voto, firma el registro y procede a depositar su voto en una urna.
 Más de 10 mil limarinos participaron del plebiscito
Durante el proceso existieron entre los votantes diferentes diálogos lo que hacía una instancia interesante de dialoguicidad  de la pedagogización de la política. Por ello no resulta comprensible  que se desvirtué  el movimiento social y político por la educación,  indicando que la postura de los estudiantes está ideologizada, pero el conservadurismo del gobierno  es político también.

ACTA ESCRUTINIO REGIONAL
REGIÓN DE COQUIMBO
                 LA SERENA  12 de Octubre 2011.-


SI

NO

NULOS

BLANCOS


VOTOS
%
VOTOS
%
VOTOS
%
VOTOS
%

PREGUNTA 1
35.479
93,7
2.101
5,5
129
O,58
152
O,4

PREGUNTA 2
33.218
87,7
3.816
10,1
252
0,06
585
1,54

PREGUNTA 3
32.202
85.0
5.013
13,2
277
0,7
379
1.0

PREGUNTA 4
34.075
89.9
3.191
8,4
263
0,7
342
0,9

Total de votos escrutados en la Región  37.871.- 
         Este plebiscito    refleja que ambas propuestas son políticas, tanto conservar lo que está , como cambiarlo y  se ha concientizado el tema educacional como una gran política de Estado y como un derecho humano.
         El sábado 8 de octubre avanzada la noche se ordenaron los datos recogidos de la consulta y fue coincidentemente similar a los resultados preliminares obtenidos a nivel nacional, en donde un 95% esta de acuerdo con la educación gratuita, un 92% esta de acuerdo en desmunicipalizar la educación, con toda seguridad este tipo de sostenedor está bien cuestionado y no tiene credibilidad y cercano al 90% desea que se termine con el lucro en la educación y finalmente el 95% se mostró partidario de instalar un plebiscito vinculante.
         Datos que dan señales claras hacia donde debemos avanzar, naturalmente que el gobierno y la concertación han quedado atrasados en estos temas, ellos tienen en agendas otros intereses y a fuerza de presión han tenido que observar poco a poco lo que el pueblo está expresando.  
Preguntas reflexivas. 
  1.  ¿La educación debe ser un derecho humano?
  2.  ¿ El movimiento social y político por la educación desea una educación gratuita y e calidad como un mecanismo para liberarse de la  esclavitud política y social?
  3. ¿Está de acuerdo que los ciudadanos obtengan  conciencia y la fortaleza para intervenir en la construcción de un nuevo desarrollo humano, de una nueva vida, de una vida diferente y mejor para todos?
  4. ¿Ud. cree que el movimiento social por la educación ha comprendido la problemática y por ello nos hemos empeñado en realizar cambios estructurales al sistema educacional chileno? 
  5.  ¿Comparte la desconfianza de los estudiantes que no desean ser engañados como lo hicieron con los Pingüinos?
  6. Estamos viviendo ahora la transición ciudadana que se desarrolla por abajo de la clases política tradicional y parte la periferia al centro?

Comentarios

Entradas populares de este blog

Estatuto Docente. Pago Vacaciones de verano y perfeccionamiento.

ESTATUTO DOCENTE, PAGO ENERO Y FEBRERO. Que al finalizar cada año el 31 de diciembre el personal que trabaja en los diferentes establecimientos educacionales llega cansado, agobiado y muchas veces con problemas de salud mental, entre estas afectaciones esta la ansiedad, el estrés, la depresión.           Los trabajadores saben que el ritmo de vida, las exigencias laborales están cada vez más exigentes, más burocratizadas y lastimosamente el empleador parece ser el único que desconoce todas estas situaciones.                                                Que la salud mental de los trabajadores es una situación compleja y que llegan a penas a fin de año, luego la noticia que deben trabajar las primeras tres semanas de enero, es demoledor a la motivación, se afecta también al compromiso del trabajo en equipo y a la colaboración.                    Documento: Mineduc reconoce el feriado legal de los docentes. (Enero 2021)  Que en el caso que el calendario regional publicado por el

PERMISOS ADMINISTRATIVOS.

PERMISOS ADMINISTRATIVOS. Al respecto, es del caso hacer presente que el citado precepto distingue, por una parte, la prerrogativa del funcionario en orden a decidir si requiere o no dicho beneficio y, por otra, la potestad del director del recinto educacional de resolver si lo confiere o rechaza, constituyendo el ejercicio de una atribución privativa y discrecional para la autoridad habilitada por ley, la que debe ejercerse, por cierto, con el debido respeto al principio de racionalidad, negándose cuando efectivamente existan razones para ello, pues la facultad está concebida por el legislador en función de las necesidades del servicio correspondiente, esto es, la oportunidad y continuidad a la que está obligado (aplica criterio contenido en los dictámenes N°s. 42.127, de 2009, y 21.813, de 2013)  CITACIÓN DE NORMATIVA VIGENTE. Dictamen de Contraloría Nº 45.734 del 11 de noviembre del año 2010, enlace al dictamen: http://www.contraloria.cl/ mesaprueba/842577F8004BAD41/

DOCENTES CONTRATADOS POR SEP PARA LABORES DE AULA ESTÁN ADSCRITOS AL ESTATUTO DOCENTE

DOCENTES DE AULA CONTRATADOS POR SEP PUEDEN FIRMAR LOS LIBROS DE CLASE.  DICTÁMENES  DE CONTRALORÍA Sirva a encontrar Dictamen N° 35119 de fecha 20 de mayo del 2014. Enlace: Municipalidad de el Bosque se encuentra obligada a regularizar la situación funcionaria de los recurrentes, en atención a que el vínculo laboral debería haberse regido por los preceptos de la ley N° 19.070  https://www.contraloria.cl/web/cgr/buscar-jurisprudencia    El orden estatutario o legal, conforme lo expresa el inciso primero del artículo 38 de la Constitución Política de la República y fluye de lo prescrito por el artículo 12 de la Ley Orgánica Constitucional Nº 18.575 que establece las Bases Generales de la Administración del Estado, texto este último que preceptúa que "el personal de esa administración debe regirse por las normas estatutarias que establezca la ley , en las cuales se regulará su ingreso, los deberes y derechos, la responsabilidad administ