Ir al contenido principal

DAÑO MORAL (SENTENCIAS)

Es frecuente considerar que el daño moral es el dolor, la angustia, la aflicción física o espiritual, la humillación, y, en general, los padecimientos que se han infligido a la víctima. ... Si se analizan bien, podríamos decir, que sólo son estados del espíritu, consecuencia del daño
Hoy el daño extrapatrimonial protege más allá del pretium doloris que es solo una especie del mismo. Así, si la víctima ha sufrido un daño corporal o un daño a la dignidad humana, a la libertad o a otros derechos de la personalidad, debe ser indemnizada por daño moral. 
El fundamento estriba no sólo en el artículo 1556 del Código Civil, sino que de manera fundamental en el artículo 1558 del mismo Código, conforme el cual deben indemnizarse los daños que sean una consecuencia directa del incumplimiento, fluye la procedencia de la indemnización del daño moral del artículo 2329 del Código Civil, que alude a todo daño, instaurando el principio de reparación integral”.
Asimismo que de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 495 N°.4 inciso 2° que dispone: ... debe perseguirse el restablecimiento de un equilibrio roto por la conculcación del derecho fundamental, lo que no sólo involucra el cese de la conducta lesiva, sino que le otorga al juez amplias facultades para alcanzarlo, entre las cuales cabe incluir la indemnización de los perjuicios y, en particular, el daño moral.
 Perito Forense debidamente inscrito en la Corte de Apelaciones. 13-06-2021
Docente, daño  8 millones.
Indemnización de $25.000.000 por concepto de daño moral. Fecha 05-10-2021
Directora de colegio. 2º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago condena a corporación municipal por vulnerar el derecho a la honra de ex directora de escuela https://bit.ly/3mjpeep // https://www.pjud.cl/prensa-y-comunicaciones/noticias-del-poder-judicial/60930?fbclid=IwAR05hkwOMKpJeeqtLTBGROZ0FhN6SCSdggw_SKN6-1oZJq5QhHsWmNieOpQ
Indemnización de 10 millones. Corte Suprema ordena pago de indemnización a víctima de injurias graves https://bit.ly/3AMACU4 //Poder Judicial - PrensaYComunicaciones (pjud.cl)
"Se acredita que hubo un daño en ella de carácter psicológico, viéndose afectada en la cotidianidad de su vida". Corte de Santiago confirma fallo que ordenó a cadena de farmacias indemnizar a clienta maltratada por guardia de seguridad.https://bit.ly/2V0h7bd ///
"La responsabilidad civil contractual determina la obligación de reparar un daño proveniente del incumplimiento culposo o doloso de una determinada obligación".
Corte de Apelaciones de Santiago confirmó la sentencia que condenó a mutual de seguridad a pagar una indemnización total de $50.000.000 por el mal tratamiento brindado a guardia de seguridad que fue golpeado en la cabeza en un asalto registrado en su lugar de trabajo.https://bit.ly/2SuIhpk
Con vulneración al derecho a la honra. Fecha 03-05-2021
Juzgado de Letras del Trabajo de Antofagasta ordena a universidad indemnizar a docentes despedidos por apoyar movilizaciones estudiantiles.https://bit.ly/3xIe0Ue
Daño moral. Fecha 20-04-2021
"Hecho que consecuentemente habría repercutido en la demora en la intervención quirúrgica del actor". Juzgado Civil de Santiago condenó empresa a pagar una indemnización de $1.000.000 por el daño moral provocado a profesor de enseñanza básica, cuyos antecedentes comerciales fueron enviados erróneamente a Dicom.https://bit.ly/3ekZBUT ////////
https://www.diarioconstitucional.cl/2021/04/20/juzgado-civil-de-santiago-condeno-empresa-a-pagar-una-indemnizacion-de-1-000-000-por-el-dano-moral-provocado-a-profesor-de-ensenanza-basica-cuyos-antecedentes-comerciales-fueron-enviados-erroneament/?fbclid=IwAR2fVW2s3iicRo7JZVBZMuxc6qH7W-_PRyE1qfd2U9oK1ZjaaFExvTNS9gQ
Daño moral, 20 millones de pesos. Fecha 12-02-2021
Daño Moral: Fecha 01-02-2021

Deber de cuidado del empleador no constituye un supuesto de responsabilidad objetiva, resuelve la Corte Suprema. - Diario Constitucional

Hay lucro cesante cuando se deja de percibir un ingreso o una ganancia. El accidente del trabajo que afectó al actor le produjo pérdida de capacidad funcional en ese ámbito por lo que procede que se le indemnice por ese concepto. 

Daño Moral, pago 10 millones de pesos.
Daño moral a Docente, pago de 20 millones. Fecha 21-01-2021
Fecha 16-11-2020.
En el fallo (causas roles 14-2020 y 79-2020), la magistrada Marcela Díaz Méndez dio lugar a la acción judicial deducida, tras establecer que la denunciada vulneró los derechos fundamentales de la demandante, incurriendo en acoso laboral en su contra, por lo que deberá efectuar un pago de $50.000.000 (cincuenta millones de pesos) por concepto de daño moral, y $1.985.313 (un millón novecientos ochenta y cinco mil trescientos trece millones) por concepto de 14 días de remuneraciones impagas.
https://www.pjud.cl/noticias-del-poder-judicial/-/asset_publisher/kV6Vdm3zNEWt/content/juzgado-laboral-de-iquique-ordena-a-sernameg-indemnizar-a-exdirectora-por-acoso-laboral?redirect=https://www.pjud.cl/noticias-del-poder-judicial%3Fp_p_id%3D101_INSTANCE_kV6Vdm3zNEWt%26p_p_lifecycle%3D0%26p_p_state%3Dnormal%26p_p_mode%3Dview%26p_p_col_id%3Dcolumn-2%26p_p_col_pos%3D1%26p_p_col_count%3D2&fbclid=IwAR0HX8_eezWZbRQvR_WLPqjxEx-zg9f7Itgxu4kZXUS4v4sKdC3PvNqyRGU

Fecha, Mal estado de ciclovías, accidente de ciclista.

https://www.diarioconstitucional.cl/2020/11/10/corte-de-apelaciones-de-rancagua-ordeno-a-la-municipalidad-local-pagar-200-uf-a-ciclista-que-sufrio-un-accidente-por-el-mal-estado-de-la-ciclovia/?fbclid=IwAR1b_-MVxwJKq8gM5LT0azluzYHU2M6QpoOWNIiTCY4QsnGr4O9QSA4qT5s

Fecha 28-10 -2020.

https://www.diarioconstitucional.cl/2020/10/28/hay-lucro-cesante-cuando-se-deja-de-percibir-un-ingreso-o-una-ganancia-el-accidente-del-trabajo-que-afecto-al-actor-le-produjo-perdida-de-capacidad-funcional-en-ese-ambito-por-lo-que-procede-que-se-l/
*.- En fallo dividido. 31-08-2020
CS acoge unificación por despido discriminatorio de trabajadora de hospital Curanilahue con vulneración de derechos fundamentales.
https://www.diarioconstitucional.cl/noticias/asuntos-de-interes-publico/2020/08/31/cs-acoge-unificacion-por-despido-discriminatorio-de-trabajadora-de-hospital-curanilahue-con-vulneracion-de-derechos-fundamentales/?fbclid=IwAR3TR3A9t8vLbjbjIeSUDd_41INy92cwv7P1-G-xjuyu6otEYIdwVWxLVWw
*.- Rechazó recurso de unificación. 24-08-2020.
CS resuelve que la reparación del daño moral es compatible con la indemnización tarifada predeterminada por la ley en caso de accederse a la acción de tutela.
*.- Mantiene sentencia, daño moral. Silicosis.
http://enestrado.com/maximo-tribunal-declara-inadmisible-recurso-de-codelco-y-mantiene-indemnizacion-de-83-millones-a-trabajador-que-desarrollo-silicosis-tras-41-anos-de-servicio/?fbclid=IwAR3Cv6JM6O0SImSsaGSXyM5RAnt7ryJUYg1A0bf07vyyPkbpM3rOImb3vM0
*.- Daño emergente y daño moral.
Juzgado Civil condena a municipalidad y empresa sanitaria por caída en cámara de agua potable que se encontraba sin tapa ni debidamente señalizada.
*.- Corte de La Serena ordena al fisco pagar indemnización por trato degradante de carabineros a detenido https://bit.ly/39skiLZ. //La Corte de Apelaciones de La Serena rechazó el recurso de apelación presentado por el Consejo de Defensa del Estado, que solicitaba una rebaja en el monto de la indemnización por daño moral, que deberá pagar el fisco a detenido, quien fue víctima de tratos violentos y vejatorios por parte de Carabineros, en febrero de 2018.//https://www.pjud.cl/noticias-del-poder-judicial/-/asset_publisher/kV6Vdm3zNEWt/content/corte-de-la-serena-ordena-a-fisco-pagar-indemnizacion-por-trato-degradante-de-carabineros-a-detenido?redirect=https://www.pjud.cl/noticias-del-poder-judicial%3Fp_p_id%3D101_INSTANCE_kV6Vdm3zNEWt%26p_p_lifecycle%3D0%26p_p_state%3Dnormal%26_p_mode%3Dview%26p_p_col_id%3Dcolumn2%26p_p_col_pos%3D1%26p_p_col_count%3D2&fbclid=IwAR0ENGYPbka6A9DmQvaYZ785cj_8ifC-IwcVqQc1xxSPcM4LXeWDUPNAdWQ
*.- Responsabilidad del Estado. Indemnización de perjuicios, acogida. Responsabilidad de Gendarmería. Actuación irregular de la Administración en la instrucción y tramitación de un sumario administrativo. 
Ejercicio de mala fe de la potestad disciplinaria. Concepción amplia del daño moral. Daño moral protege más allá del pretium doloris. Corte Suprema  Rol: 3865-2013 

http://marketing.legalpublishing.cl/2013/corporativo/omar/12_diciembre/news_administrativo/04/docs/CS-3865-2013.pdf
*.- Todo daño debe ser reparado. //https://www.youtube.com/watch?v=9jsRYPPBoQs&fbclid=IwAR0ZKhY56_fdsYsMjhqozQlCP2mbHPUcMDuOXySAS25NrON82La9TV2OG2k. //// https://www.youtube.com/watch?v=9jsRYPPBoQs
 *.- 1º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago condena a sostenedor de colegio por vulnerar derecho a la honra de profesor https://bit.ly/3d5qt9F
https://www.pjud.cl/noticias-del-poder-judicial/-/asset_publisher/kV6Vdm3zNEWt/content/juzgado-laboral-condena-a-sostenedor-de-colegio-por-vulnerar-derecho-a-la-honra-de-profesor?redirect=https://www.pjud.cl/noticias-del-poder judicial%3Fp_p_id%3D101_INSTANCE_kV6Vdm3zNEWt%26p_p_lifecycle%3D0%26p_p_state%3Dnormal%26p_p_mode%3Dview%26p_p_col_id%3Dcolumn2%26p_p_col_pos%3D1%26p_p_col_count%3D2%26_101_INSTANCE_kV6Vdm3zNEWt_advancedSearch%3Dfalse%26_101_INSTANCE_kV6Vdm3zNEWt_keywords%3D%26_101_INSTANCE_kV6Vdm3zNEWt_delta%3D5%26p_r_p_564233524_resetCur%3Dfalse%26_101_INSTANCE_kV6Vdm3zNEWt_cur%3D1%26_101_INSTANCE_kV6Vdm3zNEWt_andOperator%3Dtrue&fbclid=IwAR1w3HVQp_3fWP999A5lhzC5ThpWhTh0c764ESyM5-eI9UmNuvFM0tKTZoQ
*.- Daño moral. Fecha 13 de mayo del año 2020.
Juzgado Laboral acoge demanda contra empresa de alimentos por accidente de empacadora.https://bit.ly/3dIrC6W ////https://www.diarioconstitucional.cl/noticias/asuntos-de-interes-publico/2020/05/13/juzgado-laboral-acoge-demanda-contra-empresa-de-alimentos-por-accidente-de-empacadora/?fbclid=IwAR1xp8_Bn6f4-_WRUm1C45M4d2FLvjgKBxRMyCNF4XITAyjWIKsQmIrimUs
Tutela laboral daño psicológico.
Afectación de su integridad síquica. Fecha 30 de octubre del año 2018. 
Juzgado Laboral de Antofagasta ordena a servicio de salud indemnizar a doctora desvinculada de forma discriminatoria.EL Tribunal estableció que el Servicio de Salud de Antofagasta incurrió en una vulneración a la garantía de no discriminación al desligar a la otorrinolaringóloga.
https://www.diarioconstitucional.cl/noticias/asuntos-de-interes-publico/2018/10/30/juzgado-laboral-de-antofagasta-ordena-a-servicio-de-salud-indemnizar-a-doctora-desvinculada-de-forma-discriminatoria/


*.- Daño moral por irregular tramitación del sumario.
https://www.elmercurio.com/legal/movil/detalle.aspx?Id=902588&Path=/0D/C5/
*.- SUMARIO: Tutela Laboral, Juzgado de Letras del Trabajo de Concepción. Rol T 19- AÑO 2015. MJJ47440/ Municipalidad de Concepción. Sumario Lesivo por un periodo de más de 7 meses de investigación.
*.- SUMARIO: Suspensión de funciones por dos años. Tutela Laboral.Manteniendo esta situación por prácticamente dos años. Esta conducta se contrapone al derecho a la honra y a la integridad psíquica, porque implica absoluta pasividad en el curso del procedimiento, y mantiene al trabajador separado de sus funciones de manera injustificada y desproporcionada, durante un lapso de tiempo que escapa a la lógica y a los antecedentes del sumario.                        Consulte fallo a texto completo.https://aldiachile.microjuris.com/2019/06/11/juzgado-del-trabajo-acogio-denuncia-de-tutela-laboral-de-profesor-que-estuvo-dos-anos-sin-ejercer-horas-lectivas/
*.- Director no puede ser reemplazado por más de seis meses: https://colegioyeducacion.blogspot.com/2018/02/el-director-no-puede-ser-subrogado-en.html
*.- Daño Moral. // Sí bien la suma de la demanda fue de 30 millones o lo que estime el tribunal. Corte de Apelaciones de Antofagasta Rol 353-2019.  .http://www.lot.cl/articulo.php?noti=217
*.- Demanda por Daño Moral:El agobio vivido por mi representada y los otros académicos, se vio incrementado al día siguiente, ya que el 21 de agosto de 2019, se entera a través del Director de Carrera don Hugo Rodríguez, que se había iniciado una investigación sumaria en contra de ellos; no obstante, no se le entregó resolución alguna al respecto, solo se limita señalar que habían llegado denuncias formales a la Universidad.
https://www.radiopaulina.cl/wp-content/uploads/2019/10/Demanda-Laboral-Marianela-Llanos-UNAP.pdf
Dictamen N° 31063 del año 2007. SUCESO.
Profesora con 45 años de experiencia y que, desde el año 2000, el advenimiento de una nueva línea de autoridad edilicia en la Comuna ha generado una serie de conflictos por el desconocimiento y desacreditación de su trabajo de 20 años, lo que le generó una depresión laboral, patología de la que cuenta con documentación de médico psiquiatra desde el comienzo.https://www.suseso.cl/612/w3-article-34746.html
Así es como “fuimos a la Corte de Apelaciones y acogió la tesis nuestra, el SSO se fue de casación a la Corte Suprema que al final ratificó la interpretación de que el daño no puede computarse literalmente aplicando el 2332 de que se dictó en este caso la resolución, sino de que el daño causado efectivamente debía indemnizarse y, por tanto, los cuatro años se contaban desde esa fecha y en ese caso la demanda estaba bien interpuesta, en el plazo legal, y por tanto acogió la demanda y ordenó pagar las indemnizaciones”.https://eltipografo.cl/2016/05/fallo-de-la-corte-suprema-sienta-un-precedente-sobre-controversial-materia-legal/
*.- Corte Suprema acoge unificación de jurisprudencia y ordena fallar demanda por daño moral de trabajador con silicosis. En fallo dividido (causa rol 23.212-2018) Fecha 30-04-2020 https://bit.ly/2yfqYyQ// .https://www.pjud.cl/noticias-del-poder judicial/-/asset_publisher/kV6Vdm3zNEWt/content/corte-suprema-acoge-unificacion-de-jurisprudencia-y-ordena-fallar-demanda-por-dano-moral-de-trabajador-con-silicosis?redirect=https://www.pjud.cl/noticias-del-poder-judicial%3Fp_p_id%3D101_INSTANCE_kV6Vdm3zNEWt%26p_p_lifecycle%3D0%26p_p_state%3Dnormal%26p_p_mode%3Dview%26p_p_col_id%3Dcolumn-2%26p_p_col_pos%3D1%26p_p_col_count%3D2&fbclid=IwAR17aqWzd2ZlzcecGHXeLKxG3CcPiYomaApH3g7MlzCRr9THWhGmWwCu1TY
*.- INDEMNIZACIÓN POR DAÑO MORAL, PATRIMONIAL Y EXTRAPATRIMONIAL EN TUTELA CON OCASIÓN DEL DESPIDO 1er JLT de Santiago, T-1670-2019, Mg. Andrea Iligaray Llanos, Titular// 
https://derechopedia.cl/Art%C3%ADculo_495_del_C%C3%B3digo_d /// https://derechopedia.cl/Art%C3%ADculo_495_del_C%C3%B3digo_del_Trabajo?fbclid=IwAR2WQYcscXlOVKw-LR_xr92Kr5kCcZcQq-D4C-Gzzq80_CWUXaCgk1H0AdY               
*.- CS acogió el recurso de casación. 28 de abril del año 2020. Procede indemnizar lucro cesante de un técnico agrícola de 24 años a la fecha del accidente que percibía un sueldo promedio mensual y después del accidente dicho ingreso fue reemplazado por una pensión de invalidez de menor monto. https://www.diarioconstitucional.cl/noticias/asuntos-de-interes publico/2020/04/28/procede-indemnizar-lucro-cesante-de-un-tecnico-agricola-de-24-anos-a-la-fecha-del-accidente-que-percibia-un-sueldo-promedio-mensual-y-despues-del-accidente-dicho-ingreso-fue-reemplazado-por-una-pension-de-invalidez-de-menor-monto/?fbclid=IwAR00JPFoviINtrrpTrHKjNbQ11kTN-yvwOxpAztzkgrkVEAmxqvMI6qeBrQ         *.- Por unanimidad. 28 de abril del año 2020.   CS acogió casación en la forma por ultra petita en indemnización por daño moral. https://www.diarioconstitucional.cl/…/cs-acogio-casacion-e…///////https://www.diarioconstitucional.cl/noticias/asuntos-de-interes-publico/2020/04/28/cs-acogio-casacion-en-la-forma-por-ultra-petita-en-indemnizacion-por-dano-moral/?fbclid=IwAR028h8ed F7OLWpaLgTZUzLdjfqYQrJ1dXWcyhUkHbXWOFF3JvituNAfok                                      .*.- Daño moral. 15 de mayo de 2020.
Juzgado Civil condena a oftalmólogo y hospital por negligente intervención ocular.https://bit.ly/3cCEPxY///https://www.diarioconstitucional.cl/noticias/asuntos-de-interes-publico/2020/05/15/juzgado-civil-condena-a-oftalmologo-y-hospital-por-negligente-intervencion-ocular/?fbclid=IwAR3MlXku_kP5y1ZEiCtnLs3nsJtl-PvE6PUevgJKiqBKD5uheXwcK1A5mIw
*.- Daño moral. 31-07-2020

Si la procedencia del lucro cesante aparece fundada en hechos ciertos, no debe ser impedimento para declararlo el que su avaluación tenga que hacerse, sobre la base de un cálculo de probabilidades..https://www.diarioconstitucional.cl/noticias/asuntos-de-interes-publico/2020/07/31/si-la-procedencia-del-lucro-cesante-aparece-fundada-en-hechos-ciertos-no-debe-ser-impedimento-para-declararlo-el-que-su-avaluacion-tenga-que-hacerse-sobre-la-base-de-un-calculo-de-probabilidades/ fbclid=IwAR0xwBS_CspP1fRARzmLCK_BTiVKgd4vyfzgcwu_MPGVOChUlxZ0dl0ZM8k

Comentarios

Entradas populares de este blog

Estatuto Docente. Pago Vacaciones de verano y perfeccionamiento.

ESTATUTO DOCENTE, PAGO ENERO Y FEBRERO. Que al finalizar cada año el 31 de diciembre el personal que trabaja en los diferentes establecimientos educacionales llega cansado, agobiado y muchas veces con problemas de salud mental, entre estas afectaciones esta la ansiedad, el estrés, la depresión.           Los trabajadores saben que el ritmo de vida, las exigencias laborales están cada vez más exigentes, más burocratizadas y lastimosamente el empleador parece ser el único que desconoce todas estas situaciones.                                                Que la salud mental de los trabajadores es una situación compleja y que llegan a penas a fin de año, luego la noticia que deben trabajar las primeras tres semanas de enero, es demoledor a la motivación, se afecta también al compromiso del trabajo en equipo y a la colaboración.                    Documento: Mineduc reconoce el feriado legal de los docentes. (Enero 2021)  Que en el caso que el calendario regional publicado por el

PERMISOS ADMINISTRATIVOS.

PERMISOS ADMINISTRATIVOS. Al respecto, es del caso hacer presente que el citado precepto distingue, por una parte, la prerrogativa del funcionario en orden a decidir si requiere o no dicho beneficio y, por otra, la potestad del director del recinto educacional de resolver si lo confiere o rechaza, constituyendo el ejercicio de una atribución privativa y discrecional para la autoridad habilitada por ley, la que debe ejercerse, por cierto, con el debido respeto al principio de racionalidad, negándose cuando efectivamente existan razones para ello, pues la facultad está concebida por el legislador en función de las necesidades del servicio correspondiente, esto es, la oportunidad y continuidad a la que está obligado (aplica criterio contenido en los dictámenes N°s. 42.127, de 2009, y 21.813, de 2013)  CITACIÓN DE NORMATIVA VIGENTE. Dictamen de Contraloría Nº 45.734 del 11 de noviembre del año 2010, enlace al dictamen: http://www.contraloria.cl/ mesaprueba/842577F8004BAD41/

Improcedencia que el Alcalde instruya el sumario administrativo a docente y designación del fiscal.

Improcedencia que el Alcalde instruya el sumario administrativo  a docente y designación del fiscal.  SUMARIOS ADMINISTRATIVOS. (david897.blogspot.com) De acuerdo al artículo 19 del Código Civil, cuando el sentido de la ley es claro, no se desatenderá su tenor literal, a pretexto de consultar su espíritu, se debe respetar texto expreso en la ley de acuerdo al principio de la primacía de la ley especial sobre la general, que se encuentra recogido en los artículos 4° y 13 del Código Civil, y aceptado en nuestro Derecho Laboral, conforme al cual aquella ley que regula situaciones particulares prevalece sobre una de carácter general, toda vez que la primera supone un estudio expreso en cuanto a la materia que viene a regir. (Forma de notificación, derecho a declarar, derecho a pedir apertura de prueba, derecho recusación de la fiscal) Corte de Copiapó deja sin efecto suspensión del cargo de la directora del Liceo de Caldera. Fecha 12-07-2018 https://www.maray.cl/2018/07/12/corte-