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ESTAT. ADMINIST. NO RESUELVE DENUNCIAS POR VULNERACION DE DERECHOS.

ESTATUTO ADMINISTRATIVO NO RESUELVE DENUNCIAS POR VULNERACION DE DERECHOS. 
Recurso de protección: Concepción, veintisiete de abril de dos mil quince. Rol Nº 559-2015. 

Revisadas las disposiciones del citado Estatuto Administrativo no se advierte que contenga normas que regulen un procedimiento jurisdiccional especial para conocer y resolver denuncias de vulneración de derechos fundamentales que afecten a los funcionarios en el ámbito de la relación de trabajo.

Hoy 20 de mayo de 2020 se publicó la ley 21.231 que establece el fuero gremial docente, con lo cual comienza a regir efectivamente en todo el territorio nacional.http://www.colegiodeprofesores.cl/2020/05/20/publican-en-el-diario-oficial-la-ley-de-fuero-gremial-para-dirigentes-del-magisterio-comenzo-a-regir-en-todo-el-pais/?fbclid=IwAR1jekVmUWYJJ6kUmEpdZdkZ0-KLR9OjyiQqWeZEf1x7zd_tZGIzBuEwOsQ

En efecto, el procedimiento especial de reclamo consagrado en el artículo 160 del Estatuto Administrativo,  es un recurso de carácter administrativo que conoce la Contraloría General de la República, por vicios de legalidad que pudieren afectar los derechos conferidos a los funcionarios en dicho Estatuto. Lo anterior significa que el funcionario no tiene acceso a la jurisdicción, sino sólo a la revisión  de legalidad administrativa del órgano contralor, cuestión esencial que hace que ambos procedimientos no resulten homologables, sin perjuicio que, además, la materia objeto del reclamo administrativo se limita a los vicios o defectos de que pueda adolecer un acto administrativo, en circunstancias que el procedimiento de tutela laboral comprende cualquier acto ocurrido en la relación laboral que, como consecuencia del ejercicio de las facultades del empleador, implique una lesión en los derechos fundamentales del trabajador.Que, la conclusión anterior guarda armonía con lo dispuesto en el artículo 485 del Código del Trabajo, que establece que el procedimiento de Tutela Laboral “se aplicará respecto de las cuestiones suscitadas en la relación laboral por aplicación de las normas laborales, que afecten los derechos fundamentales de los trabajadores”.

 *.- La justicia deja sin efectos dictámenes de Contraloría.

https://david897.blogspot.com/2018/12/la-justicia-deja-sin-efecto-dictamenes.html
*.- La Contraloría hace una débil protección a los funcionarios. 
https://colegioyeducacion.blogspot.com/2019/02/cgr-posee-competencia-para-resolver.html.
 *.- Que aparte de tener un órgano que es débil , como lo es la Contraloría en la protección a los trabajadores tenemos Estatutos que no aseguran la protección de derechos.
.- https://david897.blogspot.com/2017/03/el-estatuto-administrativo-no-resuelve.html.
*.- Contraloría vulnera leyes y derechos fundamentales de los trabajadores sometidos a sumario, esto por no tener una decisión protectora del funcionario.
https://colegioyeducacion.blogspot.com/2015/12/contraloria-las-leyes-y-los-derechos.html.
*.- Leyes que se vulneran en sumario administrativo y que la Contraloría tiene amparo por omisión y así se da pie a la vulneración de derechos de los trabajadores.
https://colegioyeducacion.blogspot.com/2015/12/leyes-que-protegen-los-derechos.html
*.- La Contraloría nos dice que las pruebas deben ser valoradas por los mismos que persiguen y además con la discreción.
https://david897.blogspot.com/2018/02/la-contraloria-ampara-la-falta-al.html.
*.- Con un órgano Contralor no anula el sumario, solo lo retrotrae para que la administración rectifique y sancione.  
https://david897.blogspot.com/2018/02/la-contraloria-ampara-la-falta-al.html.
 *.- Que la falta de probidad quede en manos de los mismo perseguidores, La Contraloría nos dice que la calificación por falta de probidad queda en mano de los perseguidores.  
https://david897.blogspot.com/2018/03/la-destitucion-por-infraccion-grave-la.html
*.- Pocas veces la Contraloría se refiere a la falta de proporcionalidad de la medida disciplinaria.
 https://david897.blogspot.com/2019/01/que-se-entiende-por-falta-la-probidad.html
*.-  La Contraloría nos dice que la recusación del fiscal legalmente inhabilitado, pero que de todas maneras es confirmado, es un vicio que afecta la validez del proceso.
https://david897.blogspot.com/2019/03/derecho-recusar-al-fiscal.html
*.- La Contraloría no hace valer el perdón de la causal en todos aquellos casos en que se abusa de los plazos sin razón justificada. 
https://david897.blogspot.com/2018/11/perdon-de-la-causal-en-la-legislacion.html
*.- La Contraloría apoya el abuso de los plazos por parte de la administración
https://david897.blogspot.com/2019/07/contraloria-ampara-la-extension-de.html.
*.- La Contraloría casi nunca resuelve en favor del trabajador para reconocerle el principio de buena fe y derecho adquirido.
https://david897.blogspot.com/2019/12/principio-de-buena-fe-y-derecho.html
*.- La Contraloría no se hace cargo de la caducidad , ni de la prescripción, todo eso lo deja en manos de los perseguidores en sumario. 
https://david897.blogspot.com/2018/12/prescripcion-de-dos-anos-ley-19070-y.html
*.- La Contraloría no se refiere a la imposibilidad de continuar el procedimiento sumario, todo lo deja radicado en la administración activa.
https://david897.blogspot.com/2020/04/imposibilidad-de-continuar-el-sumario.html
*.- A la Contraloría le hace falta entender que si bien los plazos para la administración no son fatales, tampoco son infinitos. 
https://david897.blogspot.com/2019/01/que-los-plazos-para-la-administracion.html.
*.- La Contraloría no considera el Estatuto Docente que señala que el afectado debe conocer  las quejas
https://david897.blogspot.com/2017/04/el-docente-debe-conocer-la-queja-en-su.html
La Contraloría ampara que el fiscal investigue cualquier hecho que el fiscal encuentre. Los órganos de justicia superiores han dicho que esto constituye una ilegalidad.
https://david897.blogspot.com/2020/02/ilegalidad-fiscal-decide-ampliar-el.html.
*.-La Contraloría igual dice tener atribuciones para revisar la legalidad del debido proceso del sumario  en caso de los trabajadores con fuero. Desafuero a dirigente gremial o sindical la ley establece que  es facultad del Juez.

https://david897.blogspot.com/2017/02/autorizacion-termino-de-contrato.html       

Recurso de reposición. Enlace:

https://david897.blogspot.com/2016/12/recurso-de-reposicion.html



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