SOBRE FORMA DE COMPUTAR EL PLAZO PARA ENTENDER PRACTICADA LA NOTIFICACIÓN POR CARTA CERTIFICADA SEGÚN EL ARTÍCULO 46 DE LA LEY N ° 19.880 . SUMARIOS ADMINISTRATIVOS. (david897.blogspot.com) Revisa dictámenes N° 34.319 Fecha: 31-VII-2007 y dictamen N° 31.277, de fecha 05-07 2006, L a forma en que debe computarse el plazo para entender practicada la notificación por carta certificada, materia regulada en el inciso 2° del artículo 46 de la Ley N ° 19.880. En esa oportunidad se estableció que el plazo de tres días a cuyo vencimiento se entiende practicada la notificación de que se trate. file:///C:/Users/direc/AppData/Local/Temp/Anexos%20recurso%20de%20reposici%C3%B3n.pdf En primer lugar, se debe destacar que la notificación, cualquiera sea la forma que ésta adopte, reviste una extraordinaria importancia en el procedimiento administrativo, tanto porque ella determina el instante a partir del cual el acto producirá sus efectos jurídicos (tal como lo consigna el ...
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