Ir al contenido principal

ACOSO LABORAL Y SENTENCIAS JUDICIALES.

Conviene tener presente que no todo lo que molesta al trabajador es Acoso Laboral, hay facultades de dirección y control establecidas en los Art. 5,11 y 12 de la Ley 18.575, así como el literal f) del Art.161 y literal a) del Art. 64 de la Ley 18.834 que autoriza tomar decisiones dentro del ámbito de su competencia y por tanto son legítimas y apegadas a Derecho.

En ocasiones personas histéricas acusan acoso laboral sin que esto sea cierto. La acusación falsa tiene la sanción de perdida del empleo, aplica artículos N° 62, N° 9 de la ley N° 18.575, 125, letra d), de la ley N° 18.834 y 123, letra e), de la ley N° 18.883, agregados por la referida ley N° 20.205, contraviene el principio de probidad administrativa.

Sentencias judiciales sobre Acoso Laboral.

Se rechaza.

Derecho del trabajo Fija sentido y alcance de la Ley Nº20.607 que regula y prohíbe el Acoso Laboral // Dictamen Nº3519/34 de 09 de agosto de 2012 // 

 Recurso de protección deducido contra SERNAMEG y CGR por poner término anticipado a contrata de la actora luego de realizar una denuncia por acoso laboral, es rechazado. - Diario Constitucional

Acoso sistemático de jefatura directa. Fecha 15-12-2021
Indemnización total de $28.209.229. Fecha 20-11 2021
Término anticipado de contrata es legal, ya que se debió a su evaluación laboral. Fecha 09-10-2021. Recurso de protección deducido contra SERNAMEG y CGR por poner término anticipado a contrata de la actora luego de realizar una denuncia por acoso laboral, es rechazado. https://www.diarioconstitucional.cl/.../recurso-de.../ //https://www. diarioconstitucional.cl/2021/10/09/recurso-de-proteccion-deducido-contra-sernameg-y-cgr-por-poner-termino- anticipado-a-contrata-de-la- actora-luego-de-realizar-una- denuncia-por-acoso-laboral-es- rechazado/?fbclid= IwAR0fISO2KwvLj2lSGzBOwDbDfp8X ren8-jCXIi1VEjvBgQMJ1ok7sW_ LoL8

Fecha 24-09-2021 Juzgado Laboral de Concepción condena a Municipalidad de Talcahuano por acoso laboral https://bit.ly/3EOR2hS ///Poder Judicial - PrensaYComunicaciones (pjud.cl)

*.-Tutela laboral. Tribunal Laboral determinó que el acoso laboral corresponde a un proceso conformado por un conjunto de acciones u omisiones, en el ámbito de las relaciones laborales públicas y privadas. Fecha 10 de agosto de 2017.
No se probaron los hechos. Juzgado del Trabajo de Concepción rechazó tutela por acoso laboral interpuesta por secretaria contra Municipalidad. *.- La actora no acreditó la vulneración de derechos fundamentales que reclama ni el daño moral que reclama. Fecha 15 de junio de 2017.
En fallo unánime. //27-08-2020. Corte de Santiago confirmó sentencia que acogió demanda de tutela laboral presentada por ejecutiva en contra de empresa de servicios por acoso laboral. *.- 
https://www.diarioconstitucional.cl/noticias/asuntos-de-interes-publico/2020/08/27/corte-de-santiago-confirmo-sentencia-que-acogio-demanda-de-tutela-laboral-presentada-por-ejecutiva-en-contra-de-empresa-de-servicios-por-acoso-laboral/?fbclid=IwAR0o29SFHwx30iGnHARvSfLpOrRU_q-EhHslWf2ZGTo-Md26vRXlh5p5hqc     
Se vulneró integridad psíquica del actor. *.-

Juzgado del Trabajo de Antofagasta acogió tutela por acoso laboral deducida por un trabajador contra Municipalidad de Sierra Gorda. Fecha 31 de enero de 2018.

Acoso Laboral. Fecha 04-04-2020 /// CGR determinó que compete a la autoridad ponderar si una denuncia por acoso laboral es susceptible de ser castigada con una medida disciplinaria. https://www.diarioconstitucional.cl/.../cgr-determino-que-co.../  
*.- Se recurrió de nulidad.
*.-Integridad física y psíquica.

Juzgado del Trabajo de Calama acogió tutela por vulneración de derechos fundamentales con ocasión del despido deducida por una trabajadora que sufrió acoso laboral. Fecha 23 de mayo de 2018.

http://www. diarioconstitucional.cl/ noticias/tutela-de-derechos/2018/05/23/juzgado-del-trabajo-de-calama-acogio-tutela-por-vulneracion-de-derechos-fundamentales-con-occasion-del-despido-deducida- por-una-trabajadora-que-sufrio-acoso-laboral/
*.-Despido vulneratorio de su integridad psíquica.  

Juzgado del Trabajo de Santiago acogió tutela laboral por vulneración de derechos fundamentales de una trabajadora por acoso laboral. Fecha 8 de junio de 2018.


RELACIONADOS
*.- Ley N°20.123. Juzgado del Trabajo ordena a empresa indemnizar a conviviente civil de trabajador que se suicidó por acoso laboral.
*Corte de San Miguel confirma multa contra empresa por acoso laboral...
*Cs confirma sentencia que rechazó protección contra Ejército de Chile por supuesto acoso laboral...
OTROS ENLACES.
Sobre el auto despido. 
https://colegioyeducacion.blogspot.com/2018/02/director-de-colegio-municipal-puede.html
*.- Desafuero a dirigente es facultad del Juez.
*.- Fuero, prácticas antisindicales y sentencias judiciales.
*.- Dirigentes del Colegio de Profesores con fuero laboral.
*.- Docente dirigente de Asociación de Funcionario goza de fuero.
*.- Trabajador con fuero no puede ser evaluado.
*.-Derecho al permiso gremial.
*.- Se rechaza solicitud de desafuero.
*.-Corte Suprema, improcedencia desafuero maternal.
*.- Integrantes del comité paritario gozan de fuero laboral.
*.-Ley que protege al dirigente.


Comentarios

Entradas populares de este blog

Estatuto Docente. Pago Vacaciones de verano y perfeccionamiento.

ESTATUTO DOCENTE, PAGO ENERO Y FEBRERO. Que al finalizar cada año el 31 de diciembre el personal que trabaja en los diferentes establecimientos educacionales llega cansado, agobiado y muchas veces con problemas de salud mental, entre estas afectaciones esta la ansiedad, el estrés, la depresión.           Los trabajadores saben que el ritmo de vida, las exigencias laborales están cada vez más exigentes, más burocratizadas y lastimosamente el empleador parece ser el único que desconoce todas estas situaciones.                                                Que la salud mental de los trabajadores es una situación compleja y que llegan a penas a fin de año, luego la noticia que deben trabajar las primeras tres semanas de enero, es demoledor a la motivación, se afecta también al compromiso del trabajo en equipo y a la colaboración.                    Documento: Mineduc reconoce el feriado legal de los docentes. (Enero 2021)  Que en el caso que el calendario regional publicado por el

PERMISOS ADMINISTRATIVOS.

PERMISOS ADMINISTRATIVOS. Al respecto, es del caso hacer presente que el citado precepto distingue, por una parte, la prerrogativa del funcionario en orden a decidir si requiere o no dicho beneficio y, por otra, la potestad del director del recinto educacional de resolver si lo confiere o rechaza, constituyendo el ejercicio de una atribución privativa y discrecional para la autoridad habilitada por ley, la que debe ejercerse, por cierto, con el debido respeto al principio de racionalidad, negándose cuando efectivamente existan razones para ello, pues la facultad está concebida por el legislador en función de las necesidades del servicio correspondiente, esto es, la oportunidad y continuidad a la que está obligado (aplica criterio contenido en los dictámenes N°s. 42.127, de 2009, y 21.813, de 2013)  CITACIÓN DE NORMATIVA VIGENTE. Dictamen de Contraloría Nº 45.734 del 11 de noviembre del año 2010, enlace al dictamen: http://www.contraloria.cl/ mesaprueba/842577F8004BAD41/

DOCENTES CONTRATADOS POR SEP PARA LABORES DE AULA ESTÁN ADSCRITOS AL ESTATUTO DOCENTE

DOCENTES DE AULA CONTRATADOS POR SEP PUEDEN FIRMAR LOS LIBROS DE CLASE.  DICTÁMENES  DE CONTRALORÍA Sirva a encontrar Dictamen N° 35119 de fecha 20 de mayo del 2014. Enlace: Municipalidad de el Bosque se encuentra obligada a regularizar la situación funcionaria de los recurrentes, en atención a que el vínculo laboral debería haberse regido por los preceptos de la ley N° 19.070  https://www.contraloria.cl/web/cgr/buscar-jurisprudencia    El orden estatutario o legal, conforme lo expresa el inciso primero del artículo 38 de la Constitución Política de la República y fluye de lo prescrito por el artículo 12 de la Ley Orgánica Constitucional Nº 18.575 que establece las Bases Generales de la Administración del Estado, texto este último que preceptúa que "el personal de esa administración debe regirse por las normas estatutarias que establezca la ley , en las cuales se regulará su ingreso, los deberes y derechos, la responsabilidad administ